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Qualimedic - Fecundación In Vitro


 

FECUNDACIÓN IN VITRO
 
 LEGISLACIÓN EN ESPAÑA ACERCA DE LA FIV CON DONACIÓN DE ÓVULOS O SEMEN.
 
La ley de Reproducción Asistida Española autoriza:
  • La donación de óvulos.
  • La donación de esperma
  • La aplicación de estas técnicas a mujeres solteras
  • La compensación económica a los/las donantes
  • La reducción embrionaria en caso de embarazo con tres o más embriones
  • La utilización de técnicas de Reproducción Asistida sea cual sea la edad de la mujer siempre que no haya ninguna contraindicación médica.
Por otro lado, la legislación española no autoriza:
  • La selección de donante por parte de la persona receptora ,sino que es el equipo médico quien hace la selección basándose en el grupo sanguíneo y en los condicionantes físicas de las pacientes.
  • La selección del sexo del bebé salvo por motivos de enfermedades genéticas ligadas al sexo.
  • La intervención de "madres de alquiler".
  • La destrucción los embriones congelados sobrantes de una intervención. Éstos serán destinados o bien a la investigación o bien serán donados a otras parejas anónimas.
  • La clonación. La ley 35/88 sobre técnicas de reproducción asistida, artículo 20, apartado B establece: "crear seres humanos idénticos por clonación u otros procedimientos dirigidos a la selección de raza y a la creación de seres humamos por clonación en cualquiera de las variantes o cualquier otro procedimiento capaz de originar varios seres humanos idénticos".


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